No existe ninguna disposición legal que indique que las actas de nacimiento tienen vigencia, si fuera así las actas tedrían una leyenda con la fecha de vencimiento como es el caso de las licencias de conducir, señaló el abogado Mateo Damián Figueroa, ante lo cual el ciudadano puede ampararse.
Dijo que para ello, el ciudadano primero debe hacer la petición para que la autoridad le argumente y jutifique con la ley o norma legal el motivo por el que le exige una acta reciente, luego de ellos puede tramitar un amparo.
Sin embargo, admitió que por lo costoso que puede resultar un juicio, pocas personas suelen ampararse y de eso se valen las dependencias, que los ciudadanos no exigirán sus derechos.
«Es una situación trsite que afecta la economía de los veracruzanos porque en ninguna parte de la ley hay una disposición legal que determine que las actas de nacimiento tengan vigencia», afirmó.
En entrevista con XEU, señaló que las actas son el documento mediante el cual nos identificamos como mexicanos, su vigencia no caduca. Lo mismo ocurre con una acta de matrimonio que sólo vence cuando hay un divorcio.
Hizo una llamado a los legisladores que deben adecuar las leyes para precisar que no hay vigencia y que las instituciones no deben obligar a las personas a presentarles actas actualiazadas.
Consideró que es una medida recaudatoria el que las dependencias como escuelas, Seguro Social y otras pidan actas sacadas recientemente.